
Se rechaza requerimiento contra norma que señala que Cortes de Apelaciones conocerán en única instancia de los recursos de casación en la forma
La Magistratura desestimó un requerimiento que cuestionó la expresión “en única instancia” del artículo 63 N° 1 letra a) del Código Orgánico de Tribunales, señalando que la norma solo asigna competencia y no regula recursos, por lo que su eliminación no haría procedente una apelación contra fallos de casación. Además, que el precepto no incide en la gestión pendiente, ya que el requirente contó con varias instancias recursivas
18 de julio de 2025





























