Requerimiento de inaplicabilidad
JUNJI impugna norma que impide recurrir de nulidad contra sentencia dictada tras acogerse un primer recurso de nulidad
La Junta Nacional de Jardines Infantiles sostiene que la disposición impugnada vulnera el debido proceso y el derecho a recurrir, al impedir que un tribunal superior revise la sentencia dictada en un nuevo juicio tras acogerse un recurso de nulidad previo

La Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, la parte final del inciso cuarto del artículo 482 del Código del Trabajo.
El precepto legal impugnado establece:
“Artículo 482.- No procederá recurso alguno en contra de la resolución que falle un recurso de nulidad. Tampoco, en contra de la sentencia que se dictare en el nuevo juicio realizado como consecuencia de la resolución que hubiere acogido el recurso de nulidad”. (Art. 482, inciso cuarto, parte final).
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