Con votos disidentes
Tribunal Constitucional mantiene multa millonaria a inmobiliaria por urbanización ilegal de predios rústicos
Rechaza inaplicabilidad de norma que sanciona con 200% del avalúo fiscal la destinación habitacional de terrenos agrícolas. La norma no vulnera los principios de legalidad, debido proceso ni proporcionalidad. La multa es de casi $40 mil millones impuesta por el Juzgado de Policía Local de Litueche. La sanción es proporcional al daño irreversible causado en suelos agrícolas. Hubo votos disidentes que cuestionaron la falta de gradualidad de la multa y el cálculo basado en avalúos futuros.

El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad interpuesto en contra el artículo 2°, inciso 1°, del Decreto Ley N. 3.516 de 1980 del Ministerio de Agricultura, que “Establece normas sobre división de predios rústicos”.
La precitada disposición legal dispone:
Artículo 2°- Quienes infringieren lo dispuesto en el presente decreto ley, aun bajo la forma de comunidades, condominios, arrendamientos o cualquier otro cuyo resultado sea la destinación a fines urbanos o habitacionales de los predios señalados en el artículo primero, serán sancionados con una multa a beneficio fiscal, equivalente al 200% del avalúo del predio dividido, vigente al momento de pagarse la multa. Las multas serán aplicables de acuerdo con las normas del Capítulo IV del Título I de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. […]
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