Ante el Tribunal Constitucional
Empresa cuestiona prohibición de recurrir contra fallo de la Corte de Apelaciones que rechaza su reclamo contra resoluciones de la Superintendencia de Servicios Sanitarios
La requirente de inaplicabilidad alega que la limitación recursiva vulnera el derecho al debido proceso y a la igualdad ante la ley, al excluir todo recurso judicial tras el fallo del tribunal de alzada.

Se solicitó declarar inaplicable por inconstitucional la frase “Contra dicha resolución no procederá recurso alguno”, contenida en el artículo 32 de la ley 18.902, que creó la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
La precita disposición legal establece:
“Artículo 32.- Las personas o entidades que estimen que las resoluciones u omisiones de la Superintendencia no se ajustan a la ley, reglamentos o normas que le compete aplicar y que ello les cause perjuicio, podrán reclamar de dichos actos ante la Corte de Apelaciones de Santiago.
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