Código de Procedimiento Civil.
Norma que exige depositar dinero para compulsas o fotocopias cuando una apelación se conceda sólo en el efecto devolutivo, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente estima que la exigencia resulta carente de razón y vulnera sus garantías de igualdad ante la ley y debido proceso.

El requirente estima que la exigencia resulta carente de razón y vulnera sus garantías de igualdad ante la ley y debido proceso . . .
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