Indemnización por responsabilidad del Estado
Suprema anula fallo que aumentó indemnizaciones por daño moral al estimar que carecía de fundamentación suficiente
La Corte Suprema acogió un recurso de casación en la forma deducido por el Fisco de Chile y anuló una sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca que había aumentado significativamente las indemnizaciones concedidas a seis demandantes en un juicio de responsabilidad extracontractual del…

La Corte Suprema acogió un recurso de casación en la forma deducido por el Fisco de Chile y anuló una sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca que había aumentado significativamente las indemnizaciones concedidas a seis demandantes en un juicio de responsabilidad extracontractual del Estado, al estimar que el fallo de segunda instancia no explicó de manera suficiente las razones concretas que justificaban ese incremento.
El proceso se inició ante el Segundo Juzgado de Letras de Talca, en un juicio de hacienda sobre indemnización de perjuicios promovido por seis personas en contra del Fisco de Chile. Este tribunal acogió la demanda por responsabilidad extracontractual del Estado y condenó al Fisco a pagar distintas sumas de dinero por concepto indemnizatorio, con reajustes e intereses y sin costas.
La decisión fue apelada por ambas partes y la Corte de Talca confirmó el fallo, pero elevó las indemnizaciones a $80 millones para cada uno de los demandantes, salvo en el caso de uno de ellos, para quien fijó $120 millones. También mantuvo el régimen de reajustabilidad y lo resuelto en materia de costas.
Contra esa sentencia, el Fisco interpuso un recurso de casación en la forma. Alegó que la decisión de segunda instancia carecía de una fundamentación coherente, pues por una parte reconocía que los demandantes ya habían recibido beneficios y prestaciones económicas otorgadas por el Estado conforme a leyes reparatorias y que estos tenían una finalidad indemnizatoria, pero, por otra, aumentaba los montos fijados sin explicar de qué manera esos beneficios se complementaban con las nuevas sumas ordenadas judicialmente.
El recurrente sostuvo que esa contradicción impedía comprender de manera lógica y racional el razonamiento seguido por la Corte de Talca y pidió invalidar la sentencia y dictar una de reemplazo que rebajara las indemnizaciones.
La Corte Suprema recordó que toda sentencia debe estar debidamente fundamentada, con razones claras, coherentes y comprensibles que permitan conocer por qué se adoptó una determinada decisión y evitar cualquier apariencia de arbitrariedad.
Agregó que esta exigencia forma parte del debido proceso y que la falta de fundamentación también puede configurarse cuando los razonamientos son contradictorios. Precisó, además, que el deber de motivar la decisión rige tanto para rebajar como para mantener o aumentar una indemnización.
La Corte Suprema concluyó que el fallo de segunda instancia no explicó concretamente por qué correspondía aumentar en más del doble las indemnizaciones fijadas en primera instancia, pues se limitó a consideraciones generales sobre el daño moral ya ponderadas previamente.
Estimó que, aunque la cuantificación del daño moral depende de la prudencia y equidad de los jueces, un incremento significativo exige una justificación específica. Por ello, acogió la casación en la forma, anuló la sentencia de la Corte de Talca y ordenó dictar un fallo de reemplazo.
La decisión contó con dos votos en contra. Uno de los ministros estimó que el recurso debía rechazarse porque estaba mal formulado, ya que denunciaba falta de fundamentación, pero en realidad alegaba la existencia de decisiones contradictorias, causal distinta y que, por tratarse de un recurso de derecho estricto, impedía entrar a conocerlo.
Otro ministro sostuvo que la sentencia de la Corte de Talca sí estaba debidamente fundamentada, pues el aumento de las indemnizaciones se apoyaba en la gravedad de los padecimientos, la duración y características del trato sufrido y sus efectos físicos y mentales. A su juicio, esos antecedentes justificaban el incremento del daño moral.
En la sentencia de reemplazo, la Corte Suprema confirmó el fallo de primera instancia y mantuvo las indemnizaciones originalmente fijadas en un total de $175 millones, al estimar que eran proporcionales al daño acreditado y que habían sido determinadas conforme a criterios de prudencia y equidad.
Así, dejó sin efecto el aumento dispuesto por la Corte de Talca. La decisión contó con un voto en contra favorable a mantener ese incremento y otro ministro estimó que no correspondía dictar sentencia de reemplazo.
Vea sentencia Corte Suprema Rol Nº 30.572-2024,Corte de Talca Rol Nº 2208-2023 (Civil) y del Segundo Juzgado de Letras de Talca Rol Nº C-1061-2022.
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