Código del Trabajo.
Normas que impiden alegar abandono del procedimiento ante la jurisdicción laboral y especialmente en el procedimiento de cobranza judicial de cotizaciones de seguridad social, se impugnan ante el Tribunal Constitucional.
La requirente alega que, la aplicación de los preceptos impugnados en la gestión pendiente, producen efectos inconstitucionales.

La requirente alega que, la aplicación de los preceptos impugnados en la gestión pendiente, producen efectos inconstitucionales . . .
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