Requerimiento de inaplicabilidad rechazado con votos en contra.
Norma que restringe las excepciones en el juicio ejecutivo laboral no produce resultados contrarios a la Constitución.
La restricción de excepciones en sede ejecutiva responde a una finalidad constitucionalmente legítima: la protección del trabajo y la eficacia de su tutela judicial.

El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del inciso primero del artículo 470 del Código del Trabajo.
La precitada disposición legal dispone lo siguiente:
“Artículo 470.- La parte ejecutada sólo podrá oponer, dentro del mismo plazo a que se refiere el artículo anterior, acompañando antecedentes escritos de debida consistencia, alguna de las siguientes excepciones: pago de la deuda, remisión, novación y transacción.” (Art. 470, inciso 1°, Código del Trabajo).
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