Con voto en contra.
Norma que regula la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo no se declara inaplicable por el Tribunal Constitucional.
Escrituración del acuerdo y provisión de los elementos para desarrollar labores en modalidad de teletrabajo corresponde a estándar básico del vínculo laboral. No comporta vulneración alguna a la Constitución.

Escrituración del acuerdo y provisión de los elementos para desarrollar labores en modalidad de teletrabajo corresponde a estándar básico del vínculo laboral. No comporta vulneración alguna a la Constitución . . .
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