Requerimiento de inaplicabilidad.
Norma del Código Civil referida a la condición resolutoria tácita, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
El requirente sostiene que se vulnera el debido proceso y la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos, desde que frente a un incumplimiento menor se ha decretado la resolución de un contrato de cesión de derechos.

Se solicitó declarar inaplicable por inconstitucional el artículo 1489 del Código Civil.
La precitada disposición legal establece:
“Artículo 1489. – En los contratos bilaterales va envuelta la condición resolutoria de no cumplirse por uno de los contratantes lo pactado.
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