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Diario Constitucional

Requerimiento de inaplicabilidad.

Norma del Código Civil referida a la condición resolutoria tácita, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

El requirente sostiene que se vulnera el debido proceso y la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos, desde que frente a un incumplimiento menor se ha decretado la resolución de un contrato de cesión de derechos.

Por Redacción·03 de mayo de 2025·2 min de lectura
Imagen: Ciper
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable por inconstitucional el artículo 1489 del Código Civil.

La precitada disposición legal establece:

“Artículo 1489. – En los contratos bilaterales va envuelta la condición resolutoria de no cumplirse por uno de los contratantes lo pactado.

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