
Fallo que aplicó incorrectamente la sanción de nulidad del despido, se anula por la Corte de Santiago.
La ley exige que al momento del despido se encuentren pagadas las cotizaciones correspondientes al mes anterior, lo que en caso alguno quiere decir que ese mes anterior debe haber sido laborado íntegramente por el dependiente, pues ese requerimiento no se contiene en la norma.
05 de mayo de 2025





























