Semana corrida.
Derecho al descanso remunerado de trabajadores que perciben un sueldo mensual y remuneraciones variables, no está condicionado a que estas últimas deban devengarse en forma diaria.
El artículo 45 del Código del Trabajo carece de toda mención referida al espacio temporal en que tal beneficio debe originarse y del que depende su cobro.

El artículo 45 del Código del Trabajo carece de toda mención referida al espacio temporal en que tal beneficio debe originarse y del que depende su cobro . . .
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