Prohibición de discriminación.
Trabajadores no están obligados a revelar en su trabajo que son portadores de VIH si sus capacidades físicas y mentales no son afectadas, resuelve la Corte Constitucional de Ecuador.
Notificar sobre la seropositividad no debería ser obligatorio, siempre y cuando esto no afecte las capacidades físicas y mentales de la persona trabajadora, de modo tal que le imposibilite desarrollar sus actividades laborales. En dicho evento es razonable que exista una imposición de informar al empleador con miras a precautelar el estado de salud de un trabajador.

Notificar sobre la seropositividad no debería ser obligatorio, siempre y cuando esto no afecte las capacidades físicas y mentales de la persona trabajadora, de modo tal que le imposibilite desarrollar sus actividades laborales. En dicho evento es razonable que exista una imposición de informar al empleador con miras a precautelar el estado de salud de un trabajador . . .


