Ponderó su situación socioeconómica
Justicia argentina absuelve a mujer acusada de maltrato animal por desnutrición de sus animales
Un tribunal de apelaciones de La Pampa (Argentina) ratificó la absolución de una mujer acusada por presunto maltrato de una yegua y dos ovejas que permanecían bajo su custodia, al desestimar el recurso presentado por el fiscal contra la sentencia absolutoria dictada por el juez de audiencia.

Un tribunal de apelaciones de La Pampa (Argentina) ratificó la absolución de una mujer acusada por presunto maltrato de una yegua y dos ovejas que permanecían bajo su custodia, al desestimar el recurso presentado por el fiscal contra la sentencia absolutoria dictada por el juez de audiencia.
La fiscalía le atribuía haber mantenido a los 3 animales sin proporcionarles comida, agua ni condiciones de higiene adecuadas, además de dejar a la yegua atada bajo el sol por periodos prolongados. El ministerio público argumentó que la imputada conocía el deterioro de los ejemplares y que la falta de recursos económicos no justificaba la omisión.
Los informes veterinarios y testimonios presentados en el proceso acreditaron un cuadro objetivo de caquexia avanzada y deficiencias nutricionales en la yegua, así como bajo peso en las ovejas. Sin embargo, los magistrados establecieron que la sola comprobación del deterioro físico no era suficiente para acreditar la responsabilidad penal.
El tribunal valoró las declaraciones de la acusada y de testigos que dieron cuenta de que la mujer alimentaba a los animales y recibía auxilio de vecinos. Además, una inspección veterinaria verificó la disponibilidad de agua y la existencia de un espacio destinado al resguardo de las especies.
El fallo consideró el contexto personal de la imputada, quien tras una separación quedó a cargo de sus hijos menores y de su padre con discapacidad visual, subsistiendo únicamente con una jubilación. El tribunal precisó que la vulnerabilidad económica permite evaluar si existió una intención deliberada de maltratar a los animales.
La resolución concluyó que existieron actos reales de cuidado dentro de las posibilidades materiales de la cuidadora, por lo que no se comprobó que hubiese omitido la alimentación de manera intencional, confirmando así el cierre definitivo de la causa penal.
Temas
Te puede interesar
Suscribirme a Newsletter


