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Diario Constitucional

Valida medida cautelar

Justicia francesa confirma prisión preventiva de menor de edad pese a derogación posterior de norma legal aplicable

La Corte de Casación de Francia rechazó el recurso interpuesto por un menor de edad imputado por delitos de violación, agresiones sexuales y actos de violencia agravada, confirmando la validez de su prisión preventiva dictada mientras espera el juicio oral ante el tribunal correspondiente.

Por Redacción·01 de septiembre de 2026·1 min de lectura
Justicia francesa confirma prisión preventiva de menor de edad pese a derogación posterior de norma legal aplicable
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La Corte de Casación de Francia rechazó el recurso interpuesto por un menor de edad imputado por delitos de violación, agresiones sexuales y actos de violencia agravada, confirmando la validez de su prisión preventiva dictada mientras espera el juicio oral ante el tribunal correspondiente.

El conflicto se originó tras la decisión del Consejo Constitucional que declaró contraria a la Carta Fundamental una norma del Código de Justicia Penal de Menores. Dicha regla permitía aplicar a los adolescentes las mismas condiciones de encierro preventivo que a los adultos, sin la intervención de un juez especializado en infancia ni límites temporales adaptados a su edad.

Para evitar un vacío normativo, la magistratura constitucional aplazó la derogación formal del precepto hasta el 1 de julio de 2026, autorizando la mantención de medidas privativas intermedias siempre que fueran ordenadas judicialmente y justificadas en su estricta necesidad. La nueva ley reguladora fue promulgada semanas después de esa fecha límite.

En el caso particular, la cámara de instrucción competente ordenó mantener privado de libertad al adolescente en febrero de 2026. Frente a esto, la defensa argumentó en casación que la medida carecía de sustento legal desde julio de 2026, al haber operado la eliminación de la norma original sin un reemplazo legislativo vigente.

Al resolver el asunto, la Corte precisó que los efectos de la inconstitucionalidad diferida no permiten invalidar las resoluciones adoptadas con anterioridad al plazo fijado. Por ende, al haberse dictado la orden antes de julio y cumpliendo con la debida motivación requerida, la detención conserva plena vigencia jurídica.

Vea sentencia Corte de Casación de Francia.

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