Tardanza injustificada.
Perú vulneró derechos de miles de trabajadores afectados por la privatización de una empresa al no resolver sus demandas durante décadas, resuelve la Corte IDH.
Pese a que hubo dificultades para el avance del proceso de ejecución de la sentencia (por la determinación de las víctimas, la magnitud de la prueba y la actuación de los representantes), el Estado tenía la obligación de conducir el proceso adecuadamente y adoptar medidas frente a situaciones que obstaculizaran su avance, lo cual no ocurrió. Además, el transcurso del tiempo impactó a los involucrados, quienes en su mayoría son personas mayores, algunas de las cuales han fallecido.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró la responsabilidad internacional de Perú por vulnerar los derechos de más de 2.500 trabajadores en el marco de la privatización de una empresa estatal en la década de los noventa, debido a la falta de ejecución de las resoluciones dictadas en favor de los afectados. Constató una violación de los derechos a la libertad de asociación, a la participación en la dirección de asuntos públicos y a la negociación colectiva, reconocidos en los artículos 16.1, 23.1.a) y 26 de la Convención Americana, entre otros.
En 1990, una empresa comercializadora de Alimentos llamada ECASA y su Sindicato Único de Trabajadores (SUTECASA) suscribieron un Convenio Colectivo con vigencia de mayo de 1990 a abril de 1991, el cual estableció diversos beneficios laborales. Posteriormente, mediante dos Decretos Supremos, se impusieron restricciones a los incrementos remunerativos en empresas como ECASA. Ante ello, SUTECASA interpuso una acción de amparo alegando la inaplicabilidad de dichos Decretos a sus afiliados, obteniendo inicialmente una medida cautelar favorable y, más adelante, una sentencia estimatoria en primera y segunda instancia.
El proceso de amparo continuó en etapa de ejecución por varios años, durante los cuales se emitieron diversas resoluciones judiciales y se tramitaron actuaciones relacionadas con la medida cautelar. Finalmente, en 2021, un juzgado resolvió archivar definitivamente el proceso, al considerar que los Decretos Supremos no fueron aplicados a los trabajadores de ECASA y que no correspondía efectuar pagos, disponiéndose el archivo del expediente.
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