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Diario Constitucional

Segunda Sala.

TC deberá pronunciarse sobre el fondo de inaplicabilidad que impugna norma del Código del Trabajo que impediría anular una nueva sentencia dictada como consecuencia de un recurso de nulidad.

Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

Por Montserrat Verdugo·20 de enero de 2021·1 min de lectura
Imagen: radioagricultura.cl
Referencial

Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación . . .

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