Con votos en contra
Se rechaza requerimiento contra norma que restringe las excepciones en el juicio ejecutivo laboral
La Magistratura desestimó un requerimiento del Consulado de Argentina en Antofagasta, que buscaba declarar inaplicable la norma que restringe las excepciones en juicios ejecutivos laborales. La mayoría estimó que la limitación es razonable para resguardar la eficacia y celeridad en el cobro de créditos de naturaleza alimentaria, mientras que dos ministros disintieron al considerar que la regla vulnera el debido proceso y deja al ejecutado en indefensión.

El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del artículo 470 del Código del Trabajo.
La precitada disposición legal dispone lo siguiente:
“Artículo 470.- La parte ejecutada sólo podrá oponer, dentro del mismo plazo a que se refiere el artículo anterior, acompañando antecedentes escritos de debida consistencia, alguna de las siguientes excepciones: pago de la deuda, remisión, novación y transacción”. (Art. 470, inciso 1°, Código del Trabajo).
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