Legislativo
Trabajo y conciliación familiar
Senadores proponen fortalecer regulación del teletrabajo
Proyecto de ley busca mejorar implementación de la Ley N° 21.645 y garantizar derechos de trabajadores con responsabilidades de cuidado. Iniciativa propone modificar el Código del Trabajo para reforzar la aplicación práctica del teletrabajo y las obligaciones del empleador respecto de la oferta, respuesta escrita y recursos de apelación.

La moción de las senadoras Paulina Núñez, Loreto Carvajal y Yasna Provoste, junto a los senadores Karim Bianchi y Gastón Saavedra, busca modificar el Código del Trabajo, con el objeto de fortalecer la aplicación del trabajo a distancia o teletrabajo.
Los promotores de la iniciativa señalan que si bien la Ley N° 21.645 estableció garantías para que las personas trabajadoras con responsabilidades de cuidado puedan acceder al teletrabajo, su implementación práctica ha evidenciado debilidades, particularmente en el diálogo entre empleadores y trabajadores cuidadores, la falta de exigencia escrita de ofertas de teletrabajo, la ausencia de plazos claros y la inexistencia de sanciones efectivas que aseguren su cumplimiento real, son algunas de las dificultades que advierten.
En este contexto, el proyecto de ley propone una serie de modificaciones al Código del Trabajo, incluido el artículo 152 quáter 0 bis, para establecer que la oferta de teletrabajo realizada por el empleador deberá constar por escrito y que, si esta no se realiza dentro del plazo legal, se aplicará una multa a beneficio fiscal de una a cinco UTM.
Además, se incorpora la exigencia de plazos corridos tanto para la oferta como para la respuesta del empleador, junto con la posibilidad de apelación ante el propio empleador cuando la propuesta alternativa no se ajuste a las necesidades de conciliación de la persona trabajadora, con plazos específicos para presentar y responder a la apelación.
La iniciativa también busca dar mayor certeza jurídica, estableciendo que si el empleador no emite respuesta escrita dentro de los plazos estipulados, la solicitud de teletrabajo de la persona trabajadora se entenderá aceptada para todos los efectos legales y deberá formalizarse así.
Entre otros ajustes proyectados, se considera la incorporación de deberes de las y los empleadores relativos al derecho al trabajo a distancia o teletrabajo de las personas que desempeñan labores de cuidado no remunerado en los reglamentos internos de orden, higiene y seguridad laboral, con plazos diferenciados de incorporación según el tamaño de la empresa.
Los parlamentarios sostienen que estas modificaciones aportarán mayor claridad, certeza y efectividad al ejercicio del teletrabajo y a la conciliación de responsabilidades familiares y laborales, avanzando en la materialización de los principios de igualdad, corresponsabilidad y protección de las personas cuidadoras.
En síntesis, el texto propone varias modificaciones a la legislación laboral, específicamente en relación al teletrabajo y la conciliación entre trabajo y vida personal. Aquí un resumen detallado:
Oferta del empleador: Debe ser por escrito y dentro del plazo legal, so pena de multa.
Modificaciones al artículo 152 quáter 0 ter: Incluir «el tiempo de teletrabajo a solicitar» en la propuesta del trabajador. Cambiar plazos de respuesta del empleador a «quince días corridos». Agregar consideración favorable si el trabajador ya ha desempeñado funciones bajo modalidades de teletrabajo. Introducir proceso de apelación para el trabajador en caso de respuesta negativa. Establecer aceptación tácita si el empleador no responde en los plazos establecidos.
Término del acuerdo: El empleador debe justificar y acreditar la razón para terminar el acuerdo. El trabajador puede apelar esta decisión.
Duración del acuerdo: Por defecto será indefinido, salvo que se pacte por una circunstancia específica.
Incorporación al Reglamento Interno: Las empresas deben incorporar estas obligaciones en su Reglamento Interno. Se establecen plazos diferenciados según el tamaño de la empresa: Micro y pequeñas: 18 meses. Medianas y grandes: 12 meses.
Como se ve, estas modificaciones buscan fortalecer los derechos de los trabajadores en relación al teletrabajo y la conciliación laboral-familiar, estableciendo procesos más claros y favorables para el trabajador.
El proyecto de ley, que cumple su primer trámite constitucional en el Senado, se remitió a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para su estudio y posterior informe a la Sala de la Corporación.
Vea texto moción Boletín N° 17.986-13 y siga su tramitación aquí.
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