Expulsión arbitraria anulada
Corte de Arica ordena reincorporar a club de fútbol expulsado y anula sanción por falta de debido proceso
El tribunal determinó que la asociación actuó de forma arbitraria al desconocer una resolución federativa previa y aplicar una expulsión sin procedimiento válido

La Corte de Apelaciones de Arica acogió un recurso de protección y ordenó el reintegro de un club deportivo a una asociación de fútbol rural, al considerar que su expulsión fue arbitraria, carente de fundamentos y contraria al debido proceso.
El conflicto se originó en una controversia de larga data entre distintos clubes, relacionada con la participación de un jugador cuya pertenencia a una determinada etnia fue cuestionada. Tras una serie de decisiones adoptadas por la asociación local, el club afectado recurrió ante la instancia superior del fútbol rural, la cual acogió su apelación, dejó sin efecto las sanciones y ordenó su reincorporación, junto con la restitución de puntos y la actualización de la tabla del campeonato.
Sin embargo, pese a esa resolución, la asociación decidió en asamblea expulsar nuevamente al club, incluyendo a sus dirigentes, jugadores y delegados, prohibiéndoles participar en el campeonato siguiente, sin que constara la notificación de dicha medida ni la existencia de un procedimiento sancionatorio válido conforme a su reglamentación interna.
El tribunal de alzada determinó que esta decisión se basó en los mismos hechos ya revisados por la instancia superior y que habían sido previamente corregidos, lo que configuró un actuar arbitrario y caprichoso por parte de la asociación, además de desconocer la autoridad de la federación nacional.
Asimismo, la Corte concluyó que la expulsión vulneró garantías constitucionales, en particular el derecho al debido proceso y la igualdad ante la ley, al imponerse una sanción sin un procedimiento adecuado ni fundamentos válidos.
En consecuencia, el fallo ordenó dejar sin efecto la expulsión y disponer el reintegro inmediato del club a la asociación, aplicando íntegramente lo resuelto por la federación nacional, con condena en costas para la entidad recurrida.
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