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Diario Constitucional

Derecho a la salud

Tribunal español acoge solicitud de teletrabajo de profesora imposibilitada de trabajar presencialmente por padecer inmunodeficiencia

La empleadora recurrente simplemente se ha enrocado en que la trabajadora no es apta y, en consecuencia, nada hay que adaptar, y en que no ha dado contenido al teletrabajo solicitado. Motivos ninguno de los cuales se ajusta a la regulación sobre la adaptación del trabajo contemplada en las normas sobre prevención de riesgos laborales.

Por Redacción·02 de junio de 2025·3 min de lectura
imagen: paho.org
Referencial

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (España) confirmó el derecho al teletrabajo de una profesora que había solicitado ejercer funciones a través de esta modalidad por padecer inmunodeficiencia, para así proteger su salud. Dictaminó que la entidad empleadora debe adoptar las medidas necesarias para facilitar la adecuación de la mujer a su nuevo entorno laboral sin alumnos presentes, por ser esta su responsabilidad.

La demandante solicitó en 2022 la adaptación de su jornada laboral por motivos de salud. Tras diversos informes médicos, fue inicialmente considerada “apta con restricciones” y luego declarada “no apta” para trabajar presencialmente por riesgo de exposición a agentes infecciosos y limitaciones físicas. Pese a sus patologías, la empleadora no accedió a su solicitud de teletrabajo ni ofreció adaptación funcional. Por ello, la profesora interpuso una demanda que fue acogida en primera instancia.

La entidad recurrió el fallo, aduciendo que su derecho de defensa había sido vulnerado por haberse resuelto aspectos no comprendidos en la litis del proceso, específicamente al estimar el a quo una afectación al derecho a la salud en el trabajo sin que ello hubiese sido debidamente argumentado ni probado por la contraparte. Sostuvo que solo debía analizarse la supuesta vulneración de un derecho fundamental, y que era carga de la demandante demostrar dicha afectación, lo cual, a su juicio, no ocurrió.

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