JUSTICIA PROHÍBE SHARENTING
Justicia argentina prohíbe a madre publicar videos y fotos de hijo menor de edad en redes sociales
Acogió una medida cautelar solicitada por un progenitor que busca proteger la imagen e intimidad de su hijo menor de edad. La decisión ordena a la madre del niño abstenerse de difundir contenido audiovisual del mismo en plataformas digitales y redes sociales. La medida se fundamentó en la exposición reiterada del menor sin el consentimiento paterno, con presuntos fines promocionales.

El Juzgado de Familia de Monteros (Argentina) acogió una medida cautelar solicitada en favor de un menor, a raíz de la difusión no consentida de su imagen en redes sociales y plataformas digitales por parte de su progenitora. Ordenó a la mujer abstenerse, de manera inmediata, de publicar, difundir, compartir o permitir la difusión, ya sea de manera directa o por terceros, de imágenes, videos o cualquier contenido audiovisual de su hijo en redes sociales y plataformas digitales, por estimar que estas prácticas son vulneratorias.
El proceso fue iniciado por el padre del menor, quien solicitó una medida cautelar para resguardar la imagen e intimidad de su hijo menor de edad. La acción fue interpuesta contra la progenitora de su hijo por difundir reiteradamente imágenes y videos del niño en redes sociales y medios digitales. Las partes estaban divorciadas, y el cuidado personal del menor fue atribuido a la madre por acuerdo homologado en juicio previo.
Según lo expuesto, la progenitora utilizó la imagen del niño para promover un emprendimiento familiar y un canal de streaming administrado por un familiar directo. El padre alegó no haber prestado consentimiento para dicha difusión, acompañando capturas de pantalla como prueba.
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