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Diario Constitucional

Ius variandi.

Corte Constitucional de Colombia ampara derecho al trabajo digno de madre cabeza de familia.

El derecho al trabajo no se limita al acceso y la permanencia en un empleo, sino que implica trabajar en condiciones dignas y justas, sobre todo en el caso de grupos vulnerables, como las madres cabeza de familia.

Por Redacción·01 de abril de 2025·1 min de lectura
Imagen: metasyvision.com
Referencial

La Corte Constitucional de Colombia amparó el derecho al trabajo en condiciones dignas y justas de una madre cabeza de familia, revocando las decisiones de instancias inferiores.

La empresa le ordenó a la dependiente trasladarse a la sede de la empresa en Bogotá para trabajo presencial, traslado que implicaría 3,5 horas de viaje diario y casi 1/3 de su ingreso destinado a transporte, para una madre cabeza de familia con un hijo menor con problemas de salud mental por sensación de abandono.

En vista de ello solicitó reiteradamente ser trasladada a una sede más cercana, pero ante la negativa de la empresa inició acciones judiciales, pero por decisiones de primera y segunda instancia su petición fue desestimada, por lo que interpuso una acción de tutela ante la Corte Constitucional, que acogió su amparo.

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