Derecho de distribución
Consejo de Estado de Francia dictamina que compensación a autores por reventa de libros es contraria al Derecho de la Unión
Analizó la compatibilidad de esta medida con el Derecho constitucional francés y el Derecho de la Unión Europea, especialmente con la Directiva 2001/29/CE relativa al agotamiento del derecho de distribución. El dictamen identifica limitaciones jurídicas en el marco del derecho de la Unión Europea, especialmente en lo relativo al mercado único y la libre circulación de bienes en la Unión Europea.

El Consejo de Estado, en ejercicio de sus funciones consultivas, ha emitido dictamen en respuesta a la solicitud del Gobierno francés relativa a la posibilidad de introducir una normativa que permita a los autores y editores percibir una remuneración derivada de la comercialización de libros impresos de segunda mano. Estimó que, según el Derecho de la Unión, una vez que un libro se vende por primera vez, el autor ya no tiene derecho a controlar ni a cobrar por las siguientes ventas de ese mismo ejemplar, incluso si es de segunda mano, en virtud del principio de agotamiento del derecho de distribución.
La propuesta gubernamental contempla establecer, mediante norma legal, una contribución obligatoria aplicable a determinados operadores económicos que intervienen en la reventa de libros usados, tanto en formato físico como en línea. La contribución tendría carácter anual y sería recaudada por una entidad de gestión colectiva, para redistribuir entre los titulares de derechos y de financiamiento de acciones de interés público vinculadas al sector editorial.
Se prevé la exclusión del régimen para aquellos actores cuya actividad se inscriba dentro de la economía social y solidaria y cuya facturación no supere ciertos umbrales fijados reglamentariamente. En el caso de plataformas digitales que actúen como intermediarias entre terceros y consumidores, la obligación de declarar y contribuir se activaría al superarse un volumen de negocio determinado.
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