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Diario Constitucional

Segunda sala.

TC deberá pronunciarse si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma relativa al plazo para dictar sentencia en un interdicto posesorio.

El precepto legal en la parte impugnada ordena "dictar en el plazo de los tres días subsiguientes" la sentencia.La gestión pendiente invocada incide en autos sobre denuncia de obra nueva minera de que conoce el Juzgado de Letras de Pozo Almonte.El requirente estima que de aplicarse la norma reprochada se vulnerarían sus garantías constitucionales, entre…

Por diarioconstitucional·27 de marzo de 2013·1 min de lectura
TC deberá pronunciarse si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma relativa al plazo para dictar sentencia en un interdicto posesorio.
Referencial

El precepto legal en la parte impugnada ordena “dictar en el plazo de los tres días subsiguientes” la sentencia.La gestión pendiente invocada incide en autos sobre denuncia de obra nueva minera de que conoce el Juzgado de Letras de Pozo Almonte.El requirente estima que de aplicarse la norma reprochada se vulnerarían sus garantías constitucionales, entre otras, los principios que informan al debido y justo procedimiento, desde que –en un asunto complejo y técnico- cuya tramitación se ha extendido por varios meses, la . . .

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