Con voto en contra.
TC acoge inaplicabilidad que impugna normas que excluyen temporalmente a Universidad para contratar con el Estado por incurrir en de vulneración de derechos fundamentales.
La Magistratura Constitucional señala que el artículo 495, del Código del Trabajo, se constituye como complemento indispensable para la aplicación de la inhabilidad de contratar, pues se relaciona con la materialización de la misma, por parte de la Administración del Estado.

La Magistratura Constitucional señala que el artículo 495, del Código del Trabajo, se constituye como complemento indispensable para la aplicación de la inhabilidad de contratar, pues se relaciona con la materialización de la misma, por parte de la Administración del Estado . . .


