Con votos en contra
Se rechaza requerimiento contra norma que restringe excepciones en juicios de cobranza laboral.
La Magistratura rechazó la impugnación contra la norma que limita las excepciones que puede oponer la parte ejecutada en juicios laborales. El voto de mayoría consideró que la norma no vulnera el debido proceso ni la igualdad ante la ley, ya que responde a principios de celeridad y especial protección de los derechos de los trabajadores.

El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 470 inciso primero del Código del Trabajo.
El precepto legal impugnado establece lo siguiente:
“Artículo 470.- La parte ejecutada sólo podrá oponer, dentro del mismo plazo a que se refiere el artículo anterior, acompañando antecedentes escritos de debida consistencia, alguna de las siguientes excepciones: pago de la deuda, remisión, novación y transacción.” (Art. 470, inciso 1°, Código del Trabajo).
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