Requerimiento de inaplicabilidad rechazado con voto en contra.
Norma que restringe causales del recurso de casación en la forma contra sentencias dictadas en juicios regidos por leyes especiales, no produce resultados contrarios a la Constitución.
La normativa impugnada no vulnera el principio de igualdad, ya que la distinción entre procedimientos especiales y generales se justifica en la naturaleza misma de los juicios especiales, los cuales requieren reglas específicas para su adecuado desarrollo.

El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad en contra del artículo 768, inciso segundo, del Código de Procedimiento Civil.
La precitada disposición legal establece lo siguiente:
“Artículo 768.- El recurso de casación en la forma ha de fundarse precisamente en alguna de las causas siguientes:
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