Requerimiento de inaplicabilidad.
Norma que reconoce beneficio previsional a la madre soltera o viuda, pero excluiría a la divorciada, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
La requirente sostiene que debe declararse la inaplicabilidad del precepto legal que impugna para garantizar la igualdad ante la ley.

Se solicitó declarar inaplicable por inconstitucional la expresión «soltera o viuda», contenida en el artículo 24 de la Ley N° 15.386, sobre revalorización de pensiones.
La precitada disposición legal establece:
“Artículo 24°- La madre de los hijos naturales del imponente, soltera o viuda, que estuviere viviendo a las expensas de éste, y siempre que aquéllos hubieren sido reconocidos por el causante con tres años de anterioridad a su muerte o en la inscripción del nacimiento, tendrá derecho a una pensión de montepío equivalente al 60% de la que le habría correspondido si hubiera tenido la calidad de cónyuge sobreviviente”.
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