Hospital Santiago Oriente Dr. Luis Tisné Brousse.
Inaplicabilidad solicitada por Hospital que impugnaba normas en juicio en el que fue demandado por indemnización de perjuicios se declaró inadmisible.
Concurre la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 3 del artículo 84 de la LOCTC, en atención a que la gestión ha concluido su tramitación, no existiendo una gestión judicial pendiente.

Concurre la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 3 del artículo 84 de la LOCTC, en atención a que la gestión ha concluido su tramitación, no existiendo una gestión judicial pendiente . . .


