En calidad de autor ejecutor
Presidio perpetuo para autor de secuestro con homicidio de hombre hallado muerto en Batuco
El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a presidio perpetuo simple a un hombre como autor del delito consumado de secuestro con homicidio de la víctima, quien fue privado de libertad en diciembre de 2023 en Estación Central y cuyo cuerpo fue encontrado 52 días después…

El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a presidio perpetuo simple a un hombre como autor del delito consumado de secuestro con homicidio de la víctima, quien fue privado de libertad en diciembre de 2023 en Estación Central y cuyo cuerpo fue encontrado 52 días después en una zanja del sector de Batuco, comuna de Lampa.
La Fiscalía había solicitado precisamente la pena de presidio perpetuo simple, además de las accesorias legales y las costas, mientras que la defensa pidió la absolución por estimar que la prueba no alcanzaba el estándar necesario para condenar.
El 17 de diciembre de 2023, en Estación Central, el acusado y otro sujeto obligaron a la víctima a subir a un vehículo de transporte por aplicación y la trasladaron a un lugar desconocido, donde fue amarrada y asesinada.
Posteriormente, su cuerpo fue abandonado envuelto en un cubrecamas en el camino a Batuco, donde fue encontrado el 6 de febrero de 2024.
La Fiscalía sostuvo que la investigación fue compleja por el tiempo transcurrido entre la desaparición y el hallazgo del cuerpo. Su principal prueba fueron cámaras de seguridad que mostrarían a la víctima siendo ingresada al cité bajo intimidación y, horas después, saliendo con otra vestimenta y la cabeza baja para ser subida a un automóvil.
El Ministerio Público afirmó que el acusado, conocido como “el Peluca”, intervino directamente en el secuestro, apoyándose además en testimonios, reconocimientos y la declaración del conductor del vehículo. La prueba forense detectó una fractura del hueso hioides, compatible con violencia en el cuello, lo que reforzó la hipótesis de una muerte homicida.
La defensa cuestionó la claridad de las imágenes, la existencia misma del secuestro, los reconocimientos y la credibilidad del conductor. También destacó que la causa médica de muerte quedó indeterminada y que no existía prueba directa que vinculara al acusado con el homicidio. Por ello solicitó su absolución o, subsidiariamente, que no se le atribuyera responsabilidad por la muerte.
El tribunal rechazó los argumentos de la defensa y concluyó, por unanimidad, que la participación del acusado en el secuestro con homicidio quedó acreditada más allá de toda duda razonable.
Resultaron determinantes los videos que mostraban a la víctima siendo conducida al interior del cité y, horas después, saliendo con otra vestimenta, la cabeza baja y siendo ubicada entre dos personas en el asiento trasero de un vehículo. Para las juezas, esas circunstancias no eran compatibles con un traslado voluntario.
A ello se sumó el testimonio del conductor, quien relató que la víctima permaneció con la cabeza inclinada y que recibió instrucciones para no mirar hacia atrás y mantenerla abajo. Su declaración fue considerada coherente con los registros audiovisuales, la ruta reconstruida mediante Google Maps y los antecedentes de tráfico telefónico.
El tribunal destacó además que la víctima permaneció más de dos horas con personas con quienes no mantenía vínculos conocidos, dejó de responder a su familia y fue vista con vida por última vez durante ese traslado, descartando así una explicación razonable basada en la voluntariedad.
Respecto del homicidio, el tribunal consideró relevante que el cuerpo fuera encontrado 52 días después en una zanja de Batuco, amarrado, envuelto en ropa de cama y en avanzado estado de descomposición. Aunque no fue posible establecer con certeza la causa de muerte, la fractura del hueso hioides y las condiciones del hallazgo evidenciaban signos compatibles con violencia.
Las juezas descartaron que la muerte pudiera considerarse un hecho fortuito ajeno al secuestro. La privación de libertad dejó a la víctima en una situación de total indefensión y bajo el control de sus captores, generándose así el riesgo que finalmente se concretó en su muerte.
El ocultamiento del cadáver, abandonado amarrado y envuelto en un sector apartado, reforzó esa conclusión. Para el tribunal, existía continuidad entre el secuestro y el homicidio, así como un nexo causal suficiente, sin que surgiera una hipótesis alternativa razonable que explicara la muerte al margen de la privación de libertad.
El tribunal calificó los hechos como secuestro con homicidio consumado y estableció que el acusado actuó como autor ejecutor. Consideró acreditado que intervino directamente en la privación de libertad, desde el ingreso de la víctima al cité hasta su posterior traslado en automóvil.
Su identificación como “el Peluca” se sustentó en videos, descripciones físicas, reconocimientos de personas que lo conocían y diligencias policiales, antecedentes que, valorados conjuntamente, descartaron un error de identidad.
La sentencia también consideró como indicio el cambio de calzado del acusado mientras la víctima permanecía retenida en el inmueble, circunstancia que reforzaba su vinculación y grado de control sobre el desarrollo de los hechos.
El tribunal rechazó reconocer la atenuante de irreprochable conducta anterior, al estimar que no basta con carecer de condenas previas, sino que debe acreditarse una trayectoria efectivamente intachable. Así, concluyó que no concurrían circunstancias modificatorias de responsabilidad penal.
Por ello, impuso a la pena de presidio perpetuo simple como autor de secuestro con homicidio consumado, además de las accesorias legales. La pena deberá cumplirse efectivamente, con abono de 622 días de privación de libertad.
Una vez ejecutoriada la sentencia, se ordenó incorporar su huella genética al Registro de Condenados del Sistema Nacional de Registros de ADN. El tribunal lo eximió del pago de las costas.
Vea sentencia Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago Rol Nº194-2025.


