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Diario Constitucional

Incidente de abandono del procedimiento acogido.

La Ley 21.226 no suspendió la carga procesal de encomendar las notificaciones de las resoluciones que se dicten en el proceso.

La ley se limitó a suspender los términos probatorios que hubiesen empezado a correr o que se iniciaren durante la vigencia del Estado de Catástrofe, no operando ninguna de las hipótesis en el caso.

Por Catalina Sepúlveda·06 de diciembre de 2021·1 min de lectura
La Ley 21.226 no suspendió la carga procesal de encomendar las notificaciones de las resoluciones que se dicten en el proceso.
Referencial

La ley se limitó a suspender los términos probatorios que hubiesen empezado a correr o que se iniciaren durante la vigencia del Estado de Catástrofe, no operando ninguna de las hipótesis en el caso . . .

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