Nulidad de la resolución de primera instancia.
Corte Suprema anuló devolución de tierras del ejército a comunidad mapuche de Bariloche.
Como el terreno es parte de un predio mayor que administra el Ejército, hoy quien reclama el terreno para uso propio es el Ejército que se estableció allí en 1930. “Pero la comunidad ya habitaba el lugar cuando el Ejército se instaló en la zona”, destaca la doctora en antropología e investigadora en temáticas de pueblos originarios, Laura Kropff.

La Corte Suprema de Justicia declaró la nulidad de la resolución de primera instancia que había ordenado la transferencia a título gratuito del dominio de tierras en disputa a favor de la comunidad mapuche Millalonco Ranquehue en San Carlos de Bariloche, Río Negro.
Hace 12 años el Estado Nacional relevó y demarcó las tierras que habita históricamente la comunidad Ranquehue, en la provincia de Río Negro, de acuerdo con la ley de emergencia territorial indígena 26.160. Pero la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) anuló una sentencia de 2022 que ordenaba otorgarle a la comunidad una mayor seguridad jurídica sobre esas tierras, con el argumento de que no se le dio participación a la provincia en todo el proceso administrativo y judicial, a pesar de que esta nunca pidió intervenir o ser parte. Esta decisión grave y regresiva va en línea con otras decisiones judiciales de tribunales superiores de provincias que obstaculizan el cumplimiento de las leyes que obligan al Estado a darles más garantías a las comunidades indígenas sobre los territorios que les pertenecen.
La sentencia de la Corte ordenó que debe realizarse un nuevo juicio, ya que en este no tuvo intervención la provincia de Río Negro. Sin embargo, eso es cuestionado por los actores de la comunidad. Cuando existe una controversia entre una comunidad y el Estado Nacional, como en este caso y a través del Ejército, no corresponde, por ley, la participación de la provincia. El Ejército reclama las tierras para uso productivo como “lugar de pastoreo de mulas” y el ministro de Defensa, Luis Petri, celebró en redes sociales el fallo que contradice a la Constitución, según la cual las comunidades «tienen derecho a la propiedad de las tierras que actualmente ocupan» y si no alcanzaran «se les debe asignar otras aptas y suficientes para el desarrollo humano».


