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Diario Constitucional

Recurso de protección acogido

Corte de Santiago anula órdenes municipales que exigían restituir deslindes y retiro de construcciones por falta de fundamento

El tribunal determinó que la Municipalidad de La Florida actuó de manera ilegal y arbitraria al ordenar la restitución de deslindes y el retiro de construcciones sin expresar razones concretas ni hacerse cargo de antecedentes relevantes, como la antigüedad de la situación y las autorizaciones previas, afectando con ello el derecho de propiedad de las recurrentes.

Por Redacción·14 de abril de 2026·2 min de lectura
dcwabogados.cl
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La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto en contra de la Municipalidad de La Florida, dejando sin efecto las órdenes que exigían la restitución de deslindes y el retiro de construcciones en dos inmuebles de la comuna, al estimar que dichos actos fueron dictados de manera ilegal y arbitraria.

Las recurrentes expusieron que son propietarias de los inmuebles desde los años 2011 y 2015, respectivamente, adquiridos en las condiciones físicas existentes al momento de la compraventa, con respaldo en sus inscripciones de dominio y en la aprobación de los proyectos inmobiliarios por parte de la Dirección de Obras Municipales. Indicaron que, tras más de una década, el municipio les ordenó restituir el deslinde sur conforme a dimensiones originales y retirar construcciones, sin fundamentar adecuadamente dicha exigencia ni precisar las obras afectadas.

Agregaron que la orden fue emitida de manera perentoria, sin antecedentes técnicos que la justificaran, sin explicar el origen de la supuesta irregularidad ni detallar las medidas concretas a adoptar, lo que generaba incertidumbre jurídica. Asimismo, señalaron que solicitaron aclaraciones al municipio en reiteradas oportunidades sin obtener respuesta, denunciando la vulneración de su derecho de propiedad.

Por su parte, la Municipalidad de La Florida solicitó el rechazo del recurso, argumentando que actuó en el ejercicio de sus facultades legales, tras recibir una denuncia por presunta ocupación de terreno colindante. Indicó que, conforme al plano de loteo aprobado, los inmuebles presentaban deslindes específicos que no se estarían respetando, por lo que se ordenó su restitución dentro de los plazos otorgados, incluso concediendo prórrogas para su cumplimiento.

La Corte de Santiago razonó que el deber de fundamentación constituye un elemento esencial de todo acto administrativo, exigiendo no solo la existencia de una norma habilitante, sino también la explicitación de los hechos y razones que justifican la decisión adoptada.

En ese sentido, el tribunal concluyó que las resoluciones impugnadas carecían de motivación suficiente, al no consignar razones concretas que justificaran la restitución de deslindes ni hacerse cargo de antecedentes relevantes, como la antigüedad de la situación y las autorizaciones previas existentes.

Así, la sentencia señaló que “la falta de motivación que se advierte en el acto administrativo materia del presente recurso no permite analizar si la decisión de la autoridad se ajusta, en los hechos, al propósito de la norma en que se asila, amenazando la garantía constitucional invocada por las recurrentes”.

Asimismo, se destacó que la actuación municipal alteró una situación consolidada en el tiempo sin un análisis fundado de sus consecuencias, afectando el derecho de propiedad de las actoras.

En esa línea, concluyó que la actuación de la autoridad resultó ilegal y arbitraria, al no cumplir con el estándar de fundamentación exigido por la Ley N° 19.880, haciendo necesario restablecer el imperio del derecho.

En mérito de lo expuesto, la Corte acogió el recurso de protección, dejando sin efecto las resoluciones impugnadas de la Dirección de Obras Municipales respecto de los inmuebles involucrados, sin costas.

Vea sentencia Corte de Santiago Rol N°16.193-2025 (Protección).

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