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Diario Constitucional

MONTO ASCIENDE A 10 MILLONES DE

Tribunal de Países Bajos multa a Meta por incumplir modificaciones a ajustes de preferencia en Facebook e Instagram

La controversia jurídica se centra en la obligatoriedad de que las plataformas digitales respeten de forma permanente las preferencias de visualización seleccionadas por los usuarios. El tribunal determinó que el retorno automatizado a sistemas de recomendación basados en perfiles vulnera el marco normativo de la Ley de Servicios Digitales.

Por Redacción·12 de marzo de 2026·2 min de lectura
imagen: metropole4.com
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El Tribunal de Apelación de Ámsterdam (Países Bajos) dictó una sentencia que incrementa las multas coercitivas impuestas a Meta Ireland, elevando el monto máximo a 10 millones de euros. Esta resolución se origina en la controversia sobre la implementación de ajustes técnicos en las aplicaciones de Facebook e Instagram, vinculados al cumplimiento de la Ley de Servicios Digitales (DSA) de la Unión Europea.

El proceso judicial comenzó en octubre de 2025, cuando el Tribunal de Distrito de Ámsterdam estableció que la configuración de estas redes sociales infringía la normativa vigente. La sentencia inicial señalaba que Meta no garantizaba la permanencia de la cronología seleccionada por el usuario. Según los antecedentes del caso, el sistema revertía automáticamente la visualización hacia un modelo de recomendaciones basado en algoritmos de perfilamiento cada vez que el interesado navegaba por distintas secciones o reiniciaba la aplicación.

Ante la orden original de subsanar estas deficiencias en un plazo de dos semanas, Meta interpuso un recurso de apelación. Sin embargo, en una decisión provisional de octubre de 2025, el tribunal de alzada ratificó la obligación de cumplimiento, fijando como límite el 31 de diciembre de ese mismo año. Si bien la empresa ha adoptado diversas medidas desde entonces, la justicia neerlandesa determinó que la implementación total aún no se ha verificado.

La reciente resolución del Tribunal de Apelación justifica el aumento de la sanción desde los 5 millones de euros iniciales a los 10 millones actuales bajo el argumento de que el incentivo económico previo resultó insuficiente para garantizar el acatamiento del fallo. Esta sentencia marca la conclusión del procedimiento sumario en dicha instancia, aunque la compañía mantiene la facultad de interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Por su parte, Meta ha retirado diversas objeciones presentadas durante la apelación respecto al fallo de primera instancia, aunque mantiene su discrepancia con el fondo de la resolución. La multinacional ha comunicado el inicio de un procedimiento sustantivo, el cual consistirá en un litigio extenso donde se buscará una sentencia definitiva sobre los puntos en conflicto que no fueron resueltos en la vía de las medidas cautelares.

Vea sentencia Tribunal de Países Bajos.

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