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Diario Constitucional

Ratifica decisión del gobierno

Tribunal de EE.UU. valida detención de migrantes sin otorgamiento de derecho a fianza

Abordó la interpretación normativa sobre si las personas que ingresaron a territorio estadounidense irregularmente, y han residido allí por años, mantienen la categoría de solicitantes de admisión. El fallo establece un precedente sobre la aplicación de la detención preventiva obligatoria durante los juicios de deportación, limitando el acceso a beneficios procesales de libertad bajo caución en diversos estados.

Por Redacción·30 de marzo de 2026·2 min de lectura
imagen: immigrationjustice
Referencial

El Tribunal de Apelaciones del Octavo Circuito de Estados Unidos dictó un fallo mediante el cual ratificó la potestad de la administración federal para mantener en detención a inmigrantes indocumentados sin derecho a fianza. Esta resolución revoca una sentencia previa de un tribunal de distrito que había cuestionado el alcance de las facultades ejecutivas en el marco del control migratorio y el hacinamiento en los recintos de custodia administrativa.

El origen de la controversia judicial se remonta a 2025, cuando el Departamento de Seguridad Nacional arrestó a Joaquín Herrera Ávila en Minneapolis por carecer de documentación legal. Tras ser sometido a un proceso de expulsión y permanecer detenido, un juzgado de distrito acogió un recurso de hábeas corpus en octubre del mismo año, ordenando su liberación.

Dicho tribunal argumentó que el artículo 1225 del Título 8 del Código de los Estados Unidos no era aplicable al caso, dado que el individuo había mantenido una presencia física prolongada en el país y no podía considerarse estrictamente un solicitante de ingreso en frontera.

No obstante, el tribunal de apelaciones discrepó de la interpretación de la instancia inferior sobre la Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad del Inmigrante de 1996. Los jueces de alzada determinaron que incluso los ciudadanos extranjeros que ya se encuentran dentro del territorio nacional, pero que ingresaron sin una admisión legal formal, están sujetos a las disposiciones de detención obligatoria. Con este dictamen, el Octavo Circuito alinea su criterio jurisprudencial con una resolución emitida el pasado febrero por el Quinto Circuito.

La sentencia tendrá carácter vinculante en los siete estados que componen el circuito, impactando directamente en los litigios derivados de la Operación Metro Surge. Tras conocerse el fallo, la fiscal general Pamela Bondi manifestó que la decisión se ajusta al ordenamiento jurídico vigente para el cumplimiento de la ley. Por su parte, la representación legal de Herrera Ávila, a cargo de la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles, comunicó que se encuentra en fase de evaluación de las siguientes acciones procesales para impugnar la resolución.

Vea texto del fallo.

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