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Diario Constitucional

Vía cautelar

Tribunal de EE.UU. prohíbe a OpenAI utilizar término “Cameo” en aplicación Sora por confusión con marca registrada Cameo

Fundamentó su decisión en la probabilidad de confusión en los consumidores y la preservación de la reputación corporativa ante servicios digitales que comparten canales de marketing similares. El fallo establece un precedente sobre la coexistencia de marcas registradas y nuevas funcionalidades de software que utilizan términos idénticos para describir productos de entretenimiento virtual.

Por Redacción·22 de febrero de 2026·2 min de lectura
imagen: trademarkfactory
Referencial

La Corte de Distrito de Estados Unidos para el Distrito Norte de California dictó una orden de medida cautelar que restringe a la empresa OpenAI el uso de la denominación Cameo. La decisión judicial surge en el marco de una demanda por infracción de marca registrada interpuesta por la sociedad Baron App, Inc., titular de la plataforma digital Cameo que conecta a usuarios con personalidades públicas para la creación de videos personalizados. El tribunal fundamentó su decisión en la alta probabilidad de que el uso del término por parte del demandado genere confusión sobre el origen o patrocinio de los servicios ofrecidos.

El conflicto jurídico se originó tras el lanzamiento de una actualización de la herramienta Sora 2 por parte de OpenAI, la cual incorporaba una función denominada Cameo diseñada para generar representaciones virtuales de los propios usuarios.

Según los antecedentes de la causa, la empresa demandante posee múltiples registros vigentes ante la oficina de marcas de Estados Unidos, habiendo operado bajo dicho nombre desde el año 2017. El tribunal consideró que, dada la naturaleza del mercado digital, ambas prestaciones guardan una relación de proximidad competitiva que justifica la intervención judicial preventiva.

En el análisis de los hechos, la resolución destaca que OpenAI empleó una estrategia publicitaria basada en la promoción de celebridades que también forman parte del catálogo de Baron App.

La sentencia señala que esta coincidencia en los canales de mercadotecnia, sumada a la identidad fonética y visual del término en disputa, refuerza la tesis de una posible confusión entre los consumidores. Asimismo, el fallo hace referencia a evidencia de consultas de clientes que asumieron erróneamente la existencia de una alianza comercial entre ambas organizaciones tecnológicas tras el anuncio del nuevo producto de inteligencia artificial.

Respecto a los argumentos de defensa, la magistrada desestimó que OpenAI estuviera realizando un uso meramente descriptivo de la palabra en el sentido gramatical ordinario. El tribunal observó que la empresa de inteligencia artificial promovía la función como un elemento distintivo de su aplicación, lo que se contrapone a las excepciones legales de uso justo.

Como parte de la resolución, se impuso a la parte demandante la obligación de constituir una fianza de 100.000 dólares para cubrir eventuales perjuicios económicos derivados de la paralización de la campaña de OpenAI mientras se sustancia el juicio definitivo.

La medida cautelar se mantendrá vigente mientras dure el proceso de fondo, salvo que existan modificaciones posteriores en la causa. Esta resolución judicial representa un antecedente relevante en la jurisdicción de California respecto a la protección de activos intangibles y marcas registradas frente al desarrollo y despliegue de nuevas herramientas de generación de contenido multimedia basadas en algoritmos de aprendizaje profundo.

Vea texto de la sentencia.

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