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Diario Constitucional

Orden judicial preliminar

Tribunal de EE.UU. bloquea normativa de Texas que exige verificación de edad para realizar descargas en tiendas de aplicaciones

La decisión judicial cuestiona la constitucionalidad de las restricciones impuestas a la descarga de software y acceso a contenidos, determinando que el Estado no logró justificar que el mecanismo de verificación de edad fuese el medio menos lesivo para los derechos fundamentales. El fallo aplica el estándar de escrutinio estricto, concluyendo que la normativa adolece de vaguedad en sus definiciones y establece cargas desproporcionadas sobre los desarrolladores y usuarios, prevaleciendo la protección a la libertad de expresión.

Por Redacción·30 de diciembre de 2025·2 min de lectura
imagen: leoninepublicaffairs
Referencial

Un Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito Oeste de Texas emitió una orden judicial preliminar que impide la entrada en vigor del Proyecto de Ley 2420, normativa conocida como la Ley de Responsabilidad de las Tiendas de Aplicaciones de Texas. La resolución, suspende las acciones del Fiscal General Ken Paxton para implementar esta legislación, cuya vigencia estaba programada para enero de 2026.

El dictamen judicial se fundamenta en la probabilidad de que la ley contravenga la Primera Enmienda de la Constitución, al imponer restricciones a la libertad de expresión basadas en el contenido sin satisfacer los estándares constitucionales requeridos.

El análisis del tribunal se centró en la aplicación de la prueba de escrutinio estricto, considerado el estándar más riguroso de revisión judicial en el sistema estadounidense. Esta doctrina se invoca cuando las regulaciones estatales limitan derechos fundamentales, como la libertad de expresión, o se basan en clasificaciones protegidas.

Bajo este prisma, la carga de la prueba recae sobre el gobierno, el cual debe demostrar que la ley persigue un interés estatal imperioso y que las medidas adoptadas están estrictamente diseñadas para tal fin, constituyendo el medio menos restrictivo disponible. El juez concluyó que Texas no logró acreditar que su propuesta fuese la vía menos intrusiva para alcanzar sus objetivos regulatorios.

En su razonamiento, la magistratura subrayó que las leyes orientadas a regular la expresión en función de su temática conllevan un riesgo elevado de censura gubernamental. Si bien el tribunal reconoció la existencia de preocupaciones legítimas por parte del Estado respecto al tiempo de exposición de los menores a las pantallas, el acceso a material dañino y las posibles repercusiones en la salud mental, enfatizó la supremacía constitucional. El fallo establece que, independientemente de la urgencia de las inquietudes políticas, los mecanismos legislativos para abordarlas deben mantener plena compatibilidad con las garantías de la Primera Enmienda.

Adicionalmente, la orden judicial identificó vicios de inconstitucionalidad por vaguedad en ciertas disposiciones del texto legal. De manera específica, el tribunal observó que la ley responsabilizaba a los desarrolladores por la tergiversación deliberada de las clasificaciones de edad sin proveer estándares claros para dicha asignación. Asimismo, se cuestionó la obligación impuesta a los creadores de software de notificar cambios sustanciales en la funcionalidad de las aplicaciones, dado que la normativa no definía con precisión qué constituye un cambio sustancial, generando incertidumbre jurídica.

La legislación en disputa, aprobada originalmente en abril, establecía un mandato para que todos los residentes de Texas verificaran su edad antes de descargar aplicaciones móviles o acceder a contenido de pago. Además, exigía que los menores de edad obtuvieran el consentimiento expreso de sus padres para realizar descargas o transacciones dentro de las aplicaciones.

Esta normativa motivó la demanda interpuesta por la Asociación de la Industria de la Computación y las Comunicaciones (CCIA), entidad que agrupa a operadores como Apple y Google, quienes solicitaron la medida cautelar argumentando que la ley imponía restricciones inconstitucionales a la libre expresión.

Vea orden judicial.

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