Libertad de prensa
Tribunal argentino rechaza demanda contra medio de comunicación que vinculó a demandantes con caso de corrupción: basó artículos en fuentes verificables y denuncias previas
El derecho de prensa no ampara los agravios, la injuria, la calumnia, la difamación. No protege la falsedad ni la mentira, ni la inexactitud cuando es fruto de la total y absoluta despreocupación por verificar la realidad de la información. Ampara, sí, a la prensa, cuando la información se refiere a cuestiones públicas, a funcionarios, figuras públicas o particulares involucrados en ella, aún si la noticia tuviera expresiones falsas o inexactas.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (Argentina) desestimó el recurso de apelación deducido por dos hombres que demandaron a un medio de comunicación que los vinculó a un caso de corrupción por mal uso de fondos públicos. Dictaminó que la libertad de prensa tiene una protección reforzada frente a derechos personalísimos, en especial cuando los medios fundan sus noticias en fuentes verificables y denuncias interpuestas por terceros, como en el caso concreto.
Según se narra en los hechos, los actores demandaron a un medio de comunicación por la publicación de dos notas periodísticas en las que se los vinculaba con presuntos actos de corrupción en el marco de la causa “Lava Jato”, y la construcción de una obra pública de gasoductos en Córdoba (Argentina). La información publicada se basaba en una denuncia realizada por tres legisladores provinciales ante la Unidad de Información Financiera, en la que solicitaron una investigación sobre el caso.
Los demandantes alegaron que la difusión de dicha información afectó sus derechos personalísimos, tales como el honor, la intimidad, la imagen y la dignidad, y solicitaron que el medio se abstuviera de continuar publicando dicho contenido. El juez de primera instancia rechazó la demanda, al considerar que el medio demandado citó fuentes identificables, mencionó causas judiciales pertinentes y no asumió como propia la veracidad de la información, cumpliendo así con los estándares de transparencia informativa. Los actores apelaron el fallo.
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