Argentina.
Tribunal argentino multa a autoridades por ruidos molestos provenientes de un canil público.
No puede colegirse que la autoridad haya iniciado la ejecución de alguna acción tendiente a reducir la generación de niveles sonoros que podrían afectar el transcurrir habitual de los vecinos colindantes al espacio verde del canil, procurando el cumplimiento de los límites máximos permisibles del ASAE “Tipo II” donde residen los actores.

No puede colegirse que la autoridad haya iniciado la ejecución de alguna acción tendiente a reducir la generación de niveles sonoros que podrían afectar el transcurrir habitual de los vecinos colindantes al espacio verde del canil, procurando el cumplimiento de los límites máximos permisibles del ASAE “Tipo II” donde residen los actores . . .
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