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Diario Constitucional

Acción preventiva del daño.

Retiro de dos perros como medida preventiva por ser un peligro para los residentes de un barrio, se ordena por Tribunal argentino.

El reglamento, parcialmente transcripto, señala con claridad qué clase de animales pueden convivir con los habitantes de ese loteo. De esta manera, la demandada deberá cumplir con dicho reglamento y, en consecuencia, no podrá introducir animales que se encuentren prohibidos por dicha norma de convivencia o que pueda ser catalogado por la legislación como peligroso o potencialmente dañoso.

Por Redacción·01 de octubre de 2024·1 min de lectura
imagen: ytimg.com
Referencial

El reglamento, parcialmente transcripto, señala con claridad qué clase de animales pueden convivir con los habitantes de ese loteo. De esta manera, la demandada deberá cumplir con dicho reglamento y, en consecuencia, no podrá introducir animales que se encuentren prohibidos por dicha norma de convivencia o que pueda ser catalogado por la legislación como peligroso o potencialmente dañoso . . .

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