Salvo que se haya expuesto al peligro voluntariamente.
Quien acepta viajar en vehículo conducido por un tercero debe asumir los riesgos ordinarios de la conducción, mas no los generados por la imprudencia del conductor, resuelve un tribunal argentino.
Resulta claro que el que acepta viajar gratuitamente o por cortesía asume solo y exclusivamente los riesgos propios de la circulación normal, salvo situaciones que, como prevé la normativa aplicable, es admisible considerar que por las circunstancias del caso existió una exposición voluntaria a una situación de peligro con la consecuente fractura (total o parcial) del nexo de causalidad adecuado.

Resulta claro que el que acepta viajar gratuitamente o por cortesía asume solo y exclusivamente los riesgos propios de la circulación normal, salvo situaciones que, como prevé la normativa aplicable, es admisible considerar que por las circunstancias del caso existió una exposición voluntaria a una situación de peligro con la consecuente fractura (total o parcial) del nexo de causalidad adecuado . . .


