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Opinión.

Publican «La jurisprudencia española distingue entre preguntas `capciosas`, `sugestivas` e `impertinentes`».

La pregunta es sugestiva porque indica o provoca una respuesta afirmativa como única conclusión racional de las afirmaciones previas que le sirven de sustento.

Por diarioconstitucional·23 de abril de 2018·1 min de lectura
Publican «La jurisprudencia española distingue entre preguntas `capciosas`, `sugestivas` e `impertinentes`».
Referencial

La pregunta es sugestiva porque indica o provoca una respuesta afirmativa como única conclusión racional de las afirmaciones previas que le sirven de sustento . . .

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