Se habría actuado en legítima defensa.
Prisión preventiva de empleador que dio muerte a trabajador durante discusión por aumento salarial se revoca por tribunal argentino.
Los elementos requieren una mayor indagación por parte de la instrucción, pero en principio no observo una desproporción, desde que el legislador nacional no requiere una equivalencia absoluta (máxime si se tiene en cuenta cómo fue el primer ataque y el extremo de que el cuchillo era portado en forma permanente por el acusado).

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Bahía Blanca (Argentina) acogió el recurso de apelación interpuesto por la defensa de un empleador que fue formalizado tras dar muerte a un trabajador durante una discusión por motivos laborales, revocando así la prisión preventiva dictaminada por el juez de instancia. Estimó que era necesario recabar mayores antecedentes y que en principio no se configuraba una desproporción entre los medios utilizados por la víctima (para agredir a su empleador) y el imputado (para repeler el ataque).
Según los hechos narrados, la víctima acudió a su lugar de trabajo para reclamar un aumento de sueldo a su empleador. No obstante, la conversación fue subiendo de tono hasta que el trabajador golpeó con una varilla con fuego (utilizada para cocinar) al imputado en más de una ocasión, causándole diversas lesiones. Durante la pelea el empleador extrajo un cuchillo y apuñaló a su atacante, quien falleció más tarde a causa de sus heridas.
Por lo anterior, el hombre fue formalizado por el delito de homicidio simple y enviado a prisión preventiva por decisión del juez de primera instancia, quien estimó que el medio utilizado por el imputado fue desproporcionado y que, por lo tanto, no era posible acreditar la legítima defensa. El acusado apeló esta decisión ante el tribunal ad quem.
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