Sanción disciplinaria.
Los abogados deben actuar como servidores de la Justicia, colaborar con los magistrados y ceñirse a los principios de lealtad, probidad, veracidad, honradez y buena fe, resuelve la Corte Suprema de Perú.
Su incumplimiento autoriza al órgano jurisdiccional la imposición de sanciones. La medida disciplinaria impuesta es proporcional a la entidad del injusto y la culpabilidad por el tipo infraccional disciplinario. Sostener que no conocía del recurso en cuya audiencia intervenía y que no estaba preparado revela una temeridad y falta de diligencia añadida, que no puede pasarse por alto.

Su incumplimiento autoriza al órgano jurisdiccional la imposición de sanciones. La medida disciplinaria impuesta es proporcional a la entidad del injusto y la culpabilidad por el tipo infraccional disciplinario. Sostener que no conocía del recurso en cuya audiencia intervenía y que no estaba preparado revela una temeridad y falta de diligencia añadida, que no puede pasarse por alto . . .


