Daño moral indemnizable.
Huawei y vendedor deben indemnizar a comprador que adquirió un teléfono celular bloqueado, resuelve un tribunal argentino.
Frente al consumidor no importa determinar quién fue efectivamente el verdadero autor del daño: los partícipes en la cadena de circulación de los bienes son solidariamente responsables frente a aquél por el solo hecho de haber tenido esa intervención. Esto conduce a descartar que el vendedor pueda considerarse “ajeno”, toda vez que la norma parte del presupuesto de que los responsables han participado en la actividad generadora del daño.

Frente al consumidor no importa determinar quién fue efectivamente el verdadero autor del daño: los partícipes en la cadena de circulación de los bienes son solidariamente responsables frente a aquél por el solo hecho de haber tenido esa intervención. Esto conduce a descartar que el vendedor pueda considerarse “ajeno”, toda vez que la norma parte del presupuesto de que los responsables han participado en la actividad generadora del daño . . .


