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Diario Constitucional

Delito de odio.

Hombre que realizó comentarios discriminatorios y llamó a asesinar inmigrantes en redes sociales es condenado a prisión por un tribunal español.

Los hechos declarados probados son constitutivos de un delito de odio, conforme al Código Penal, del que es autor el acusado, concurriendo en su conducta la circunstancia atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas extraordinarias. Por lo que dada la conformidad prestada por dicha persona y su defensa, y, vista la legalidad, naturaleza y duración de la calificación jurídica realizada y pena pedida por la acusación, procede dictar sentencia de estricta conformidad.

Por Redacción·20 de febrero de 2025·2 min de lectura
imagen: lanacion
Referencial

La Audiencia Provincial de Murcia (España) condenó a un hombre a dos años y medio de cárcel por la comisión de un delito de odio, tras ser denunciado por emitir comentarios discriminatorios contra grupos de inmigrantes en la red social Facebook. El imputado reconoció los hechos y mostró conformidad con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal.

Según los hechos narrados, el acusado publicó en redes sociales comentarios en los que incitaba al odio y a la violencia contra determinados colectivos, en especial contra migrantes musulmanes, promoviendo agresiones físicas y actos de exterminio en su contra. Algunos de sus comentarios fueron los siguientes: “Ya han pasado de robar y violar a matar… a ellos cuando les toca”; “Esto otro k merece inyección letal… los otros 14 moros sarnosos…”; “Hijos d puta es la hora d salir y matarlos”.

Así, sus publicaciones, realizadas desde un perfil público de Facebook, incluían expresiones que llamaban explícitamente a la eliminación de personas, con frases que instaban a cometer asesinatos y ataques organizados. Tras reconocer los hechos y aceptar la calificación jurídica y la pena solicitada por el Ministerio Fiscal, se dictó una resolución de conformidad.

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