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Diario Constitucional

Decreto provincial impugnado.

Exclusión de concurso laboral de profesora en edad de jubilación es discriminatoria, resuelve Corte Suprema de Argentina.

Los Estados tienen la obligación de facilitar la participación de las mujeres de edad en el trabajo remunerado sin que sean discriminadas por motivos de su edad o sexo. Deben velar por que se preste especial atención a atender los problemas que puedan afectar a las mujeres de edad en su vida laboral y por qué no se las obligue a jubilarse anticipadamente o a aceptar soluciones similares.

Por Redacción·02 de enero de 2025·4 min de lectura
imagen: pivotes.cl
Referencial

La Corte Suprema de Argentina acogió el recurso extraordinario deducido por una profesora que fue excluida de un concurso laboral por haber superado la edad de jubilación (60 años). Dictaminó que la resolución provincial impugnada era discriminatoria por basarse solo en el sexo y la edad del individuo, y por no abordar la “desigualdad estructural” que afecta a las mujeres y las personas de la tercera edad.

Una docente de 61 años accionó vía amparo contra la provincia de Santa Fe para solicitar la declaración de inconstitucionalidad de algunas disposiciones de un decreto que establecía que los postulantes a concursos docentes no podían exceder el límite de edad previsto por el régimen jubilatorio, independientemente de si reunían los requisitos para acceder a la jubilación.

Así, la normativa establecía que la edad jubilatoria era de 60 años para las mujeres y 65 años para los hombres, sin contemplar las disposiciones del régimen especial docente, que permitía la jubilación a los 75 años para mujeres y 60 años para varones. En este contexto, la mujer solicitó que se le permitiera participar en el concurso sin la aplicación del referido límite, lo cual fue acogido en primera instancia.

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