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Diario Constitucional

Derecho a la salud.

Estado debe renovar autorización a mujer para utilizar cannabis con fines medicinales, resuelve un tribunal argentino.

La cuestión que aquí se analiza versa sobre aspectos fundamentales del derecho a la salud, con reconocimiento explícito y raigambre constitucional a partir de la incorporación en 1994 de tratados internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Por Redacción·19 de febrero de 2025·3 min de lectura
imagen: cnn.com
Referencial

El Juzgado Federal de Esquel (Argentina) acogió la acción de amparo deducida contra el Ministerio de Salud por su negativa a autorizar la renovación de la inscripción de una mujer en el “Registro Nacional de Pacientes en Tratamiento con Cannabis (REPROCANN)”. Constató que la decisión de las autoridades fue injustificada, pues la accionante cumplía todos los requisitos para que su pretensión fuera acogida ya que contaba con una prescripción médica debidamente emitida.

En 2023, una mujer inició el trámite administrativo para su inscripción en el Registro Nacional de Pacientes en Tratamiento con Cannabis (REPROCANN) tras ser diagnosticada con insomnio crónico y contractura muscular generalizada . La solicitud fue aprobada hasta marzo de 2024, y en agosto de ese mismo año gestionó la renovación, adjuntando la documentación exigida, incluyendo la prescripción médica y los formularios requeridos.

En el marco del nuevo requisito establecido por el Ministerio de Salud para la renovación, prescripción avalada por médico especialista en cannabis, la mujer acreditó que su facultativo se encontraba registrado en el Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA) y que poseía la especialidad pertinente. Sin embargo, no obtuvo una respuesta favorable por parte de la autoridad, por lo que accionó en sede judicial para que se acogiera su pretensión.

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