Reglamento de copropiedad.
Es nula la compraventa de unos trasteros para guardar bienes si los compradores no son forman parte del condominio, resuelve tribunal español.
La jurisprudencia ha establecido, como lo ha puesto de manifiesto el a quo, que los copropietarios pueden, por propia voluntad, establecer en sus Estatutos una serie de limitaciones a sus facultades de disposición y, por ello, que afecten a sus derechos de propiedad, cuando el interés de la comunidad lo haga aconsejable y así lo estimen conveniente.

La jurisprudencia ha establecido, como lo ha puesto de manifiesto el a quo, que los copropietarios pueden, por propia voluntad, establecer en sus Estatutos una serie de limitaciones a sus facultades de disposición y, por ello, que afecten a sus derechos de propiedad, cuando el interés de la comunidad lo haga aconsejable y así lo estimen conveniente . . .


